La democracia necesita siempre contrapesos. De lo contrario, el poder ejecutivo siempre puede caer en la tentación de hacer lo que le venga en gana e infringir la legalidad. Es verdad que siempre está la justicia, a la que se puede recurrir, pero no suele ser un ejercicio económico, si lo ejerce una persona de manera individual. Hay otras instituciones a las que puede acudir el ciudadano, como el Síndic de Greuges, o la Agencia Antriufraude, hoy desposeída de muchas herramientas (o del personal) para fiscalizar la actuación de los gobernantes de turno. La democracia necesita todos estos instrumentos, máxime si enfrente hay gobiernos con amplísimas mayorías absolutas que confunden sus intereses, o los intereses particulares, con el ordenamiento jurídico.
La prensa también tiene ese deber moral de ejercer de contrapeso ante los atropellos de los gobernantes. Al menos, aquellos que quebrantan la ética política o modulan la ley para alcanzar determinados objetivos convirtiendo la ley en un embudo: lo ancho para los promotores; lo estrecho, para los receptores.
Tenemos ejemplos de desmanes en todas las administraciones. Y de cualquier signo político. Hay casos que han llegado a denuncia pública y que posteriormente no han tenido una sentencia judicial condenatorio. O viceversa, asuntos que no vio nadie, que acabaron en el juzgado y que posteriormente sí hubo sentencia condenatoria, u absolutoria. Y hay tribunales que en una misma denuncia han emitido veredictos diferentes. O resoluciones sorprendentes, que posteriormente han corregido la instancia superior, o no.
Allí donde ha habido contrapoderes fuertes ha sido más difícil que se dieran casos de infracción legal. O allí donde ha existido más fragmentación política siempre ha sido más fácil que se detectaran posibles anomalías porque había más ojos sobre ella y, por tanto, más dificultad de dar un placet silbando y mirando al techo. Ha habido de todo.
Pero sí hay que determinados denominadores comunes: las mayorías absolutas repetidas en los ayuntamientos -o instituciones supramunicipales- sí que han generado vicios administrativos, nepotismos y cotos cerrados, que, desgraciadamente, solo la justicia ha conseguido corregir, y no siempre, a base del tesón ciudadano de afectados o de concejales de la oposición tenaces y perseverantes en sus denuncias. Esas mayorías siempre generaron estructuras de poder controladas con puño de hierro, que bien acabaron con esas iniciativas judiciales, o con esciones políticas porque hubo un choque de intereses, o abuso de poder. No es menester mencionar ejemplos porque los hay, y de todos los colores (políticos).
Si entre los años 93 y 95 implosionaron los gobiernos socialistas; entre 2011 y 2015 lo hicieron los populares. En ambos casos, por esas mismas razones expuestas: falta de transparencia, vicios adquiridos, abusos de poder y estructuras de control. Siempre, con una crisis económica (o financiera) como telón de fondo.

- Juicio por el caso Gran Alacant. -
- Foto PEPE OLIVARES
Y en ese contexto se enmarca lo sucedido en el Ayuntamiento de Santa Pola en los años de 2011 y 2015, con Miguel Zaragoza como alcalde, que ya cumplía 12 años en el poder. No fue hasta 2016 y 2017 cuando vieron la luz algunos de esos desmanes. No solo los denunciados: cuando un gobierno entra en colapso -por mayoría que tenga- también se le ven la vergüenzas administrativas. Y no solo pasó en Santa Pola. Ese modelo de gobernanza cortocuirtó en 2015 con la afloración de más escándalos, y en más municipios, algunos resueltos con sentencias condenatorias, y otros absolutorias, que venían de años atrás.
En el caso de Santa Pola conocimos el caso de los uniformes de la Policía Local, con dos ramas, una de ellas juzgada, y con la absolución de todos los afectados; el caso de la clínica Gran Alacant, con la condena que hemos conocido esta semana (seis años de prisión para el ex alcalde por enchufar a su hermana y a militantes del PP en una clínica de concesión municipal que no pagó el cánon), y algunos más por conocer. También está el nombramiento de un nuevo intendente de la Polícia Local, que se ha convertido en una batalla judicial de primer orden, corregida parcialmente por un tribunal -que ordenó que se le diera el uniforme para poder hacer las prácticas ante la negativa de los gobernantes-. A nivel administrativo, por citar dos ejemplos, un proyecto de una piscina cubierta y un geriátrico, iniciados, pero sin acabar. Esa fue la resaca de los grandes fastos. No solo en Santa Pola, ojo. Hay muchos ayuntamientos, y también del PSOE, que gestaron esos imperios personales y de grandes obras, y que posteriormente todo empantanado. Novelda, sin ir más lejos, ha tenido que pagar cinco millones por un complejo acuático-deportivo que apenas funcionó un año y que ha sido pasto del pillaje en varias ocasiones.
Todo ello ha sido examinado por la ciudadanía, cada cuatro años, y en algunos casos, por los jueces. Como he dicho anteriormente, algunas causas han acabado en condena; otras, en absolución. Los medios de comunicación, a los que nos hemos dedicado, es a contarlo. Pero de existir contrapesos y sistemas de control más sólidos, quizás muchas barbaridades no se hubieran dado. Es verdad, que también en ese período de zarandeos de la reputación democrática, el ministro Cristóbal Montoro quizás aplicó demasiado celo en la administración local, primero entregando todo el poder a los interventores, y posteriormente, con la actual Ley de Contratos Públicos. Pero también hay que decir que esas camisas de fuerza han reducido, y mucho, las escandaleras públicas, a costa de tener una administración menos ágil y más garantista. Y si tenemos eso ahora es porque los controles democráticos no existieron entonces, o fueron vilipendiados por mayorías absolutísimas, totalmente legítimas, pero miopes e interesadas ante determinadas situaciones. Como sucedió en Santa Pola, y en otros muchos ayuntamientos. Posiblemente ahora no tengan la misma tentación.Y si la tienen, lo tienen algo más difícil.
P.D De los dos casos juzgados recientemente en Santa Pola, el de los uniformes y el de Gran Alacant, hay un elemento de la sentencia el primero -que recordemos fue absolutaria-, y que fue emitida por la sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche. En ese caso se juzgó, entre otras cosas, si era ilegal que tres empresas de un mismo propietario podían pujar por un contrato menor, entonces de 18.000 euros. La respuesta de la sentencia es: "Recordemos que es perfectamente posible que se puedan presentar a una licitación contractual o concurso tres empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial. El artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se deduce la posibilidad de que empresas pertenecientes al mismo grupo puedan presentar proposiciones individuales, ya que sin prohibir tal posibilidad, la única limitación que contienen está prevista en lo relativo al precio de las ofertas para los supuestos en los que la forma de adjudicación del contrato fuese la subasta, o bien cuando siendo aquélla el concurso, el precio ofertado fuera uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación. Tampoco lo prohibía la Directiva 2004/18/CE, ni el Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas a través de su jurisprudencia, concretamente en sus sentencias de 19 de mayo, Asunto C-538/07, y 23 de diciembre, Asunto C- 376/08, ambas del año 2009". Juzguen ustedes mismos. Pero vaya 'coladero' legislativo.