VALÈNCIA. La solicitud de los dos investigados por la Dana para que se aglutinen las acusaciones personadas en la causa supone un hito importante en la instrucción que sigue el juzgado 3 de Catarroja. Las defensas de la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico Emilio Argüeso sostenían su petición, entre otras cosas, para evitar dilaciones indebidas en un proceso que se ha convertido en una 'macrocausa' judicial, con cerca de 40 acusaciones presentes.
El interrogatorio practicado a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, que acudió en abril a declarar en calidad de testigo, es uno de los paradigmas del posible entorpecimiento del proceso. Considerada una de las diligencias más importantes sobre lo ocurrido el día de la Dana, pues la dirigente socialista estaba conectada en el Cecopi y es la máxima representante gubernamental en la gestión de la emergencia, concentró la máxima atención tras las declaraciones de los dos investigados.
Así, con todos los abogados presentes aquel día, la testifical se alargó durante cerca de siete horas y se llevó a cabo sin descanso. Son múltiples las voces presentes las que refieren preguntas fuera de lugar, reiterativas o simplemente evitables por haber sido respondidas en otras declaraciones, las cuales alargan las comparecencias sin motivo aparente más allá de intentar dirigir el relato hacia lugares predeterminados.
En ese sentido, en un auto reciente, la jueza de la Dana ha considerado que "no puede estimarse" que esté habiendo "dilaciones indebidas" en el proceso judicial pero ha aprovechado para afear la actitud de algunos abogados durante el interrogatorio de Bernabé. "Sí se vio afectado el buen orden del proceso" en ese caso, señala la magistrada, que achaca esto a "la insistencia de algunas acusaciones, populares y particulares, y de las mismas defensas, en formular y repetir preguntas en las que basaban una inexistente responsabilidad penal de la testigo".
El escrito de la magistrada critica así la intención de estas partes, aquel día, de "convertir" lo que era una declaración testifical en "una auténtica declaración de investigado" cuando Bernabé no lo era. Y todo ello, claro está, "con la obligación de decir verdad" que se le exige a un testigo, no así a un imputado. Esto, según la jueza, puede ser un peligro de cara a futuras comparecencias: "En el futuro nos podemos encontrar con interrogatorios parecidos durante la práctica de otras testificales", admite en ese sentido.

- Declaración de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en la causa de la Dana. Foto: ROBER SOLSONA/EP
La acumulación de las acusaciones
Este es uno de los argumentos esgrimidos por las defensas para justificar la necesidad de acumular las acusaciones populares por una parte y particulares por otra. En su solicitud, la defensa de Pradas criticó que la testifical de Bernabé se desarrollara durante siete horas "sin el menor receso para almorzar, acudir al baño o permitir el descanso a los letrados intervinientes y a la propia testigo".
Mientras la defensa de Argüeso consideraba que los interrogatorios tienen "una duración excesiva". "Interrogatorios que deberían durar menos de una hora, acaban durando jornadas entera en sesiones de mañana y tarde, y con ello se retrasa injustificadamente el proceso, y además es imposible a esta parte poder hacer frente a preguntas de decenas y decenas de acusadores", sostiene.
La magistrada arguye, para analizar la acumulación de partes, que se ha de conciliar el derecho a la defensa y a un proceso sin dilaciones indebidas: es preciso "algo más" que una "ausencia de incompatibilidad" entre ellas, hace falta una "suficiente convergencia de intereses". Así, descartadilaciones indebidas, más allá del interrogatorio de Bernabé, y considera contraria a la jurisprudencia "la agrupación de todas las acusaciones populares bajo una única defensa", que podría dirgir Podemos -el primero que se presentó-, y también en el caso de las acusaciones particulares -"entre las mismas existen divergencias"-.
De este modo, la decisión sobre la acumulación sigue sobre la mesa de la jueza, que ha pedido a las partes su opinión sobre si hay indicios de responsabilidad penal respecto a los dos imputados. Se entiende que para valorar una posible unión de las partes en función de sus posturas, más o menos proclives a la investigación de Pradas y Argüeso.
En su auto, la jueza señala que "no es preciso un especial conocimiento de las características y de la ideología política de las formaciones, para saber que, si se acuerda que el Letrado de Podemos, primero personado en el procedimiento, deba asumir también la defensa de Vox, Liberum, Valores o AVA", algo que según ella "es absolutamente incompatible". Como publicó este diario, el lobby ciudadano Mai Més, personado en la causa, rechaza en principio la acumulación pero se ha erigido como posible líder de las acusaciones al no ser un partido político sino "una asociación sin ánimo de lucro" creada precisamente a raíz de la Dana.

- Pradas y Argüeso acudiendo a declarar. Fotos: BIEL ALIÑO/EFE y ROBER SOLSONA/EP
El Ministerio Fiscal, por su parte, defiende que el hecho de que dichas acusaciones "sean de naturaleza diversa no impide dicha unificación" porque supuestamente "todas ellas persiguen, sin duda, un único y mismo objetivo: la búsqueda de la verdad material". Y acude a jurisprudencia del Supremo para sostener que la acumulación "no parece un sacrificio excesivo, ni lesivo de ningún derecho fundamental" si realmente "están comprometidos con esa labor de auxilio y colaboración ciudadana que representa la acción popular".
"No tiene sentido"
Por el momento, Argüeso ha presentado un escrito cuestionando el movimiento de la jueza al verlo "carente del más mínimo sentido". "No se entiende qué sentido tiene este trámite por el que su señoría a día de hoy no ha sabido dar un solo motivo por los que imputa a mi cliente (más allá de decir que era el número dos de doña Salomé Pradas", reza el escrito de alegaciones, como publicó este diario.
Así, en sus alegaciones señala que el trámite emprendido por la jueza no está previsto en la ley, que se ha "inventado ad hoc" para esta causa y que "solo podría tener sentido en casos muy concretos". Por ejemplo, señala, antes de archivar una causa o de desimputar a un investigado "podría entenderse, difícilmente, pero podría entenderse", aunque admite que en este caso "no parece ese el motivo". O en el caso de que alguien hubiera pedido esa desimputación, algo que no ha ocurrido ahora mismo.
Por otra parte, el escrito señala una tercera posibilidad "echándole mucha imaginación jurídica", y tiene que ver con que la jueza estuviera pidiendo a las diferentes acusaciones que aclarasen "sus respectivas posturas" para determinar la forma de acumulación de las mismas. Es decir, para aglutinarlas en función de su opinión acerca de las responsabilidades existentes por la catástrofe. Sin embargo, dice, el auto de la jueza da pie a entender que "va a rechazar cualquier tipo de acumulación".