Comunitat Valenciana

La jueza de la Dana concede tres días a las acusaciones para pronunciarse sobre la responsabilidad penal de Pradas y Argüeso

Niega "dilaciones indebidas" por el número de personados en el proceso

  • La exconsellera Salomé Pradas llega a los juzgados de València entre gritos y abucheos.
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VALÈNCIA. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Catarroja ha dictado este lunes un auto en el que concede un plazo de tres días hábiles a las acusaciones particulares y populares para que manifiesten si aprecian indicios de responsabilidad penal por homicidios y lesiones imprudentes en la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico Emilio Argüeso.

El origen de la resolución se remonta a una solicitud formulada el 5 de mayo de 2025 por la defensa de Pradas, que pidió la acumulación de las acusaciones en aras a una "unificación de partes". El tribunal, advirtiendo el riesgo de indefensión y la evidente disparidad de intereses entre los distintos acusadores, requería a las partes que precisen, en un plazo de tres días, el alcance concreto de sus pretensiones de unificación y si englobaba tanto a las acusaciones particulares como a las populares .

Tras recibir las propuestas de agrupación por parte de las defensas y el informe del Ministerio Fiscal, la magistrada ha valorado la concurrencia de dos derechos constitucionales en tensión: el respeto al derecho a la defensa y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. En sus razonamientos jurídicos, el auto cita expresamente el artículo 109 bis.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que exige una "suficiente convergencia de intereses" para justificar la unificación de representaciones .

En este sentido, la jueza niega que haya "dilaciones indebidas" en el proceso por el número de partes personadas, aunque considera que "el buen orden" de proceso se ve afectado por la "insistencia" de algunas en "repetir preguntas" en las declaraciones. La magistrada advierte que la reiteración de interrogatorios, como la protagonizada por la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, cuyo testimonio, según señala el auto, se vio redundado por las preguntas insistentes de varias partes lo que "ha alterado el buen orden procesal".

En este sentido, afirma que "es contrario a la jurisprudencia constitucional" la agrupación bajo una única defensa de todas las acusaciones populares. En estos momentos son 14, entre partidos políticos (Podemos, Vox, PSPV-PSOE, Valores, Ciudadanos y Compromís), sindicatos (FTAP-CGT, Intersindical Valenciana y Federación Local de Valencia de la CGT) y asociaciones (Liberum, Acció Cultural, Mai Més, New Era Homes SL y Asociación Valenciana de Agricultores).
Además, subraya la incompatibilidad de intereses entre las formaciones políticas personadas, entre ellas Podemos, Vox y Liberum, lo que hace "absolutamente inútil" dirigir todas las acciones penales bajo una misma defensa .

"No es preciso un especial conocimiento de las características y de la ideología política de las formaciones para saber que, si se acuerda que el letrado de Podemos, primero personado en el procedimiento, deba asumir también la defensa de Vox, Liberum, Valores o AVA, es absolutamente incompatible", señala. Respecto de las acusaciones particulares, que actualmente son 21 e incluyen a familiares de víctimas y asociaciones de afectados, la magistrada señala igualmente que entre las mismas "existen divergencias en la atribución de responsabilidad penal".

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