VALÈNCIA. Este viernes se cumplen ocho meses desde que la Agencia Valenciana Antifraude (Avaf) suprimió su código ético. Un movimiento que se produjo poco después de que Eduard Beut fuera nombrado director del organismo con los votos a favor de PP y Vox en Les Corts Valencianes. La retirada de este código se produjo después de que Beut conociera que el Comité de Ética estuviera examinando denuncias que, de confirmarse, supondrían una "grave infracción" del este documento, según aseguró su expresidenta, Maria Luisa Cuerda, en un escrito remitido al Parlamento valenciano.
La entidad aseguró que la derogación de este documento se produjo con la intención de adherirse al código de conducta de les Corts Valencianes, aunque desde la Cámara que preside Llanos Massó aseguraron a este periódico que ni existía este documento ni se trabajaba en su elaboración. En cualquier caso, desde el Parlamento autonómico se lavaron las manos ante la posibilidad de hacer rectificar a Antifraude con su decisión puesto que la Agencia cuenta con personalidad jurídica propia y no corresponde a Les Corts "dirigir, intervenir, autorizar, aprobar, ni tutelar las decisiones que pueda adoptar la Dirección de la Agencia en el ejercicio de las competencias y potestades que tiene asignadas".
No obstante, la resolución que derogaba el anterior código era clara: si Les Corts no aprobaba y publicaba su código en un plazo de seis meses, se iniciaría la tramitación de uno nuevo por parte de la Avaf o se procedería a la adhesión al de otra institución pública. De esta manera, Beut anunció el pasado febrero durante una comparecencia en Les Corts que la Avaf trabajaba en un nuevo código ético, y a comienzos de abril aseguró que el documento estaba "prácticamente terminado" y confió en que fuera publicado en un mes "como mucho".
Finalmente ha tardado un poco más de lo previsto, pero este jueves el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicaba el nuevo código ético y de conducta de este organismo, que incluye un nuevo Comité de Ética que estará compuesto por tres miembros: "una persona externa de reconocido prestigio en materia de ética pública" y dos funcionarios de la agencia. El experto externo formará parte de este organismo será nombrada por la Dirección de la Agencia, a propuesta del Consejo de Dirección, para un periodo de 4 años no renovables. Mientras que los dos miembros restantes serán designados mediante un sorteo público en el que participará todo el personal de la agencia y tendrán un mandato de dos años no renovable.
El código ético, de aplicación a todo el personal de la Avaf, incluido el directivo, entrará en vigor este mismo viernes. El documento centra los valores de la Agencia en cuestiones como la "objetividad", la "proporcionalidad", la "igualdad y no discriminación", la "confidencialidad", la "profesionalidad", o el "compromiso con la lengua propia", entre otras cuestiones. También remarca la "austeridad" y "sostenibilidad" que debe mantener el organismo respecto al uso de recursos, una cuestión en la que Beut ha venido incidiendo en los últimos meses durante sus intervenciones ante los medios de comunicación.
El documento aprobado incluye un capítulo sobre normas de conducta en la que se recoge el régimen de incompatibilidades, conflictos de interés, así como la forma de operar del personal de este organismo frente a "regalos, muestras o atenciones protocolarias" y la participación en "actividades externas y producciones intelectuales". En materia de obsequios, se establece el rechazo de los mismos "salvo en muestras o atenciones de cortesía social", que tendrán que ser puestas en conocimiento del Comité de Ética, organismo que podrá obligar a devolver el regalo si lo considera oportuno. Las acciones consideradas como "cortesía" según el código ético son las siguientes:
a) Los objetos, muestras de cortesía habitual o atención protocolaria comprendidos dentro de los usos y costumbres sociales que provengan de una institución o de una asociación sin ánimo de lucro y cuyo importe no exceda de 100 euros. Si excede de dicha cuantía procederemos a su devolución, excepto aquellos que tengan como destino la biblioteca de la Agencia en cuyo caso seguiremos la Política de Donaciones de libros y otros materiales bibliográficos de la misma.
b) Los obsequios oficiales o de carácter protocolario que se puedan intercambiar o recibir en el ejercicio de nuestras relaciones institucionales, así como las atenciones enmarcadas en actos públicos o promocionales, siempre y cuando no excedan de 100 euros.
c) Las comidas u hospedajes ligados a la función del cargo o puesto en las cuales una persona participe y las enmarcadas en la programación de un acto público o visita oficial.
d) Los artículos de propaganda o publicidad que por su escaso valor resulte sencillo discernir sin necesidad de efectuar un juicio de valor (como agendas, calendarios, bolígrafos o similares).
Comité de Ética "con carácter consultivo"
Respecto al Comité de Ética, encargado de la supervisión del cumplimiento de este código, cuenta con carácter consultivo y no vinculante, y sus decisiones no podrán alterar el "orden de competencias establecido en las funciones de la Agencia". Los miembros del Comité de Ética, citados anteriormente, serán "inamovibles" durante su mandato y solo podrán cesar tras renunciar al puesto, terminar su mandato, ser condenado por sentencia firme por delito doloso, ser investigado o procesado en una causa judicial por presunto delito de corrupción, "negligencia grave en el ejercicio de las funciones apreciada por la mayoría absoluta de los miembros del Comité de ética" o "incursión en causa de incompatibilidad o conflicto de interés".
Entre las funciones de este órgano destaca la elaboración de un informe anual en relación con la evaluación del grado de cumplimiento del Código ético, "haciendo mención a las sugerencias recibidas y los informes y recomendaciones emitidos". También podrá proponer modificaciones y actualizaciones del Código que sean "necesarias para su adaptación y mejor": El documento, además, establece: "El Comité de ética se limitará a indicar a la persona consultante, las diferentes vías de que dispone para hacer valer sus derechos e intereses en aquellos casos en que el objeto de la consulta verse sobre el régimen estatutario o la relación de especial sujeción respecto de la Agencia, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, al tener carácter consultivo y no vinculante. Los pronunciamientos del Comité de Ética sólo pueden ser divulgados, previa disociación de los datos personales, a los efectos de su inclusión en los informes periódicos".
Respecto al funcionamiento, el código remarca que los miembros del órgano "no pueden recibir instrucción alguna" y que la presidencia del mismo la ostentará el experto externo designado por el director de la Agencia. Además, establece que el Comité de Ética elaborará "una propuesta de sus propias normas de organización y funcionamiento, que complete su régimen y procedimiento de actuación". Además, establece que el personal de la Avaf podrá asistir a las sesiones del Comité de Ética siempre que este órgano lo pida para asesoramiento en "asuntos específicos".